Proceso de pruebas selectivas

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consejerí­a

 Economí­a, Empleo y Administraciones Públicas

Dirección General

 Dirección General de Función Publica

Quien puede solicitar

 Persona Fí­sica


Descripción del Procedimiento:

  • Orden del Consejero/a de Administraciones Públicas realizando la convocatoria de la/s plaza/s a las que se opta.
  • Publicación en el BOME y Tablón de Edictos de la convocatoria y texto í­ntegro de las Bases.
  • Publicación en el BOE de la convocatoria.
  • Presentación por los aspirantes de la solicitud y de la documentación pertinente durante el plazo de 20 dí­as naturales.
  • Verificación de solicitudes.
  • Orden del Consejero/a de Administraciones Públicas, declarando aprobado la lista provisional de admitidos y excluidos publicada en el Boletí­n Oficial de Melilla y en el Tablón de Edictos de la Ciudad en el plazo de 10 dí­as se subsanen los errores por los aspirantes excluidos.
  • Subsanación de las reclamaciones presentadas.
  • Certificación de la Secretarí­a Técnica de Administraciones Públicas sobre el resultado de la exposición de las listas provisionales de admitidos y excluidos.
    Informe-propuesta de la Jefatura de Negociado de Gestión de Plantillas sobre las reclamaciones presentadas.
  • Orden definitiva del Consejero/a de Administraciones Públicas, publicando las listas definitivas en el Boletí­n de Melilla y en el Tablón de Edictos.
  • Designación nominativa de los Tribunales y publicación en el BOME.
  • Publicación de la fecha, hora y lugar de los ejercicios en el Boletí­n Oficial de Melilla y el tablón de edictos.
  • Realización de los diferentes ejercicios.
  • Calificación de los ejercicios.
  • Periodo de prácticas o curso selectivo, en su caso.
  • Publicación de la relación de las listas de aprobados por orden de puntuación de mayor a menor en los locales donde se haya celebrado la última prueba y en el tablón de anuncios.
  • Requerimiento a los aprobados para aportación a la Ciudad Autónoma de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos establecidos en la convocatoria.
  • Orden de nombramiento del Consejero/a de Administraciones Públicas de los aspirantes aprobados.
  • Toma de posesión.
  • Publicación en el BOME y Tablón de Edictos de los nombramientos.

Requisitos

 
  • Tener la Nacionalidad española (los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles).
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Tener cumplidos dieciséis años.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario.
  • Poseer la Titulación exigida.

Documentación de inicio

 
  • Los aspirantes presentarán tantas solicitudes como plazas a las que desean concurrir haciendo constar en cada instancia la denominación de la vacante, y, en su caso, la especialidad, y, en su caso, la especialidad, y el sistema selectivo de cada plaza o grupo de plazas. Cuando las plazas a las que se concurran deban ser provistas por los sistemas de concurso-oposición, se acompañará a la solicitud documentación auténtica suficiente de los méritos considerados de interés de las bases del indicado sistema selectivo.
  • Las Solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la CAM.
  • Abono de los derechos de examen fijados en cada convocatoria, los desempleados estarán exentos de pagar las tasas de exámenes.
  • En el plazo de treinta dí­as naturales, a contra de la publicación en el Tablón de Edictos de las relaciones de aprobados a los que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas, deberán presentar los siguientes documentos:
    • a) Certificado de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente.
    • b) Fotocopia debidamente compulsada del tí­tulo exigido o equivalente.
    • c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
    • d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto fí­sico que imposibilite para el servicio. A tal efecto podrá utilizarse el certificado emitido en la fase de reconocimiento médico, en las convocatorias que ya se hayan exigido. La Ciudad Autónoma se reserva el derecho de someter a reconocimiento facultativo al candidato, si observase omisiones o inexactitud en el documento expedido.
    • e) Cualquier otra certificación que se exija en los requisitos especí­ficos detallados en el anexo de cada convocatoria.
    • f) Compromiso de jurar o prometer el cargo, según la legalidad vigente.

Plazo de Presentación

La presentación de solicitudes podrá hacerse en los Registros de las Oficinas de Información al ciudadano de la CAM, o en cualesquiera de las formas contempladas en el artí­culo 38.4 de la Ley del Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de treinta dí­as naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en BOE.

Impuestos y/o tasas vinculadas

Si

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo Resolución

El dí­a del Concurso

Forma de iniciación

 A petición del interesado

Fin via

 Sí­

Efectos presuntos

 Negativo

Recursos

 Alzada

Normativa

 
  • Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE núm. 89 de 13 de abril de 2007.
  • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. BOE núm. 80 de 3 de abril de 1985.
  • Ley 30/1984 de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. BOE núm. 185 de 3 de agosto de 1984.
  • Real Decreto legislativo 781/1986 de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. BOE núm. 96 de 22 de abril de 1986.
  • Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, por el que establecen las Reglas Básicas y los programas mí­nimos al que deben ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local. BOE núm. 142 de 14 de junio de 1991.
  • Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado BOE num. 85 de 10 de abril de 1995.
  • Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, BOE num. 85 de 10 de abril de 1995.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Bases Generales De Aplicación A Los Procedimientos De Selección De Funcionarios De Carrera Y Personal Laboral Fijo En La Ciudad Autónoma De Melilla De La Oferta De Empleo Público Del Año 2013
  • Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo , por el que se modifican el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, BOE num. 54 de 4 de marzo de 2006.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Expedición de documentos administrativos, BOME num. 4723 de 22 de junio de 2010.

Observaciones

 
  • La selección del personal laboral fijo se regirá, además de por lo que proceda de la normativa anteriormente citada, por las normas laborales correspondientes.
  • Todas las demás actuaciones que se deriven de los procedimientos de selección se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos de la CAM.
  • Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero de Administraciones Públicas dictará Orden, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos y sus lugares de exposición, con indicación de los casos de exclusión. Dicha resolución sólo se publicará en el BOME y tablón de Edictos de la Ciudad.
  • El plazo para la subsanación de los defectos será de diez dí­as.
  • Transcurrido el aludido plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante Orden del Consejero de Administraciones Públicas por la que apruebe las listas definitivas y la designación nominativa de los Tribunales, a los que se les dará publicidad mediante inserción de la resolución en BOME.
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