Subvenciones destinadas a la implantación de Planes Integrales de Empleo para personas desempleadas con discapacidad, para el periodo 2014-2015

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Incrementar la empleabilidad de las personas desempleadas con discapacidades severas de la Comunitat Valenciana, mediante el establecimiento de planes integrales con apoyo.
Las ayudas que se establecen en la presente orden sólo se concederán para la mejora de la empleabilidad de las personas con discapacidades severas inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo que participen en los correspondientes planes integrales de empleo, siempre que las acciones de inserción se lleven a efecto en la Comunitat Valenciana.

Interesados/Solicitantes

En calidad de entidades promotoras pueden solicitar las ayudas:
- Las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, así como las entidades dependientes o vinculadas a éstas que realicen actuaciones en materia de empleo.

- Las entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de procesos de inserción laboral de desempleados con discapacidad severa.

EXCLUSIONES: Con carácter general no podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya apreciación se hará en la forma prevista en dicho artículo.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

1. En cada plan integral de empleo se atenderá a 60 participantes. No obstante, podrán aprobarse proyectos con otro número de participantes de forma excepcional.
2. Del total de participantes, hasta un máximo de 15 podrán ser trabajadores en activo a los que la entidad asista en régimen de empleo con apoyo.
3. El importe máximo que podrá concederse se calculará a razón de 1.000 euros por participante.
4. Con independencia del número de participantes desempleados, la percepción del total de la ayuda concedida requerirá que el beneficiario acredite la inserción de al menos 10 de los participantes desempleados, así como la realización de los itinerarios en los términos establecidos en esta orden.
5. En el caso de proyectos con un número total de participantes distinto al indicado en el apartado primero, la resolución de concesión fijará los objetivos de inserción y el número de trabajadores en activo manteniendo idéntica proporción.

¿Dónde dirigirse?

Presencial

Tramitar con certificado

Además de la solicitud en impreso normalizado, deberán aportar:

a) Documentación acreditativa e identificativa de la entidad solicitante y de su representante legal. Las entidades sin ánimo de lucro deberán presentar la escritura pública de constitución y de los estatutos donde conste que disponen de personalidad jurídica y carecen de fines lucrativos. Se exceptúa a las entidades públicas de la presentación de esta documentación.

b) Declaración responsable del representante legal de la entidad de no estar incursos en las demás prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que hace referencia el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

c) Dos ejemplares originales de los datos de domiciliación bancaria

d) Declaración de realización de actividades sin ánimo de lucro según modelo normalizado.

e) Memoria explicativa del proyecto, en la que se hará referencia a los siguientes aspectos: descripción de las acciones que comprenden el proyecto, experiencia de la entidad solicitante en la realización de procesos de inserción laboral de desempleados en programas públicos de fomento de empleo, descripción de los medios materiales destinados al proyecto,en especial se detallará la disponibilidad efectiva del inmueble donde vaya a ejecutarse, currículum y experiencia del personal que desarrollará el proyecto, entidades empleadoras dispuestas a colaborar en el proyecto. Al modelo normalizado se adjuntará exclusivamente la documentación acreditativa de los datos declarados: certificados de cumplimiento de objetivos expedidos por otras administraciones públicas distintas al SERVEF, títulos jurídicos de los inmuebles asignados al proyecto, compromisos de colaboración con entidades empleadoras, titulación y experiencia en procesos de inserción laboral del personal técnico contratado, etc.

f) Memoria Económica en modelo normalizado, en la que se desglosará el coste del proyecto.


En todo caso:
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el SERVEF obtenga directamente la acreditación de los datos de identidad del representate legal, asi como del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previstas en los artículos 18 y 19, respectivamente, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de 2003, General de Subvenciones, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones, ni la documentación identificativa. No obstante, el solicitante podrá denegar o revocar este consentimiento efectuando comunicación escrita al SERVEF en tal sentido. En este supuesto, deberán presentarse la documentación identificativa del representante legal, asi como los certificados originales positivos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública y de la Tesorería General de la Seguridad Social, expresivos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

El SERVEF podrá recabar la aportación adicional de otros documentos o datos aclaratorios necesarios para resolver la solicitud.

* DESTINATARIOS FINALES DE LAS AYUDAS
1. Los destinatarios finales de este programa son los desempleados que acrediten una discapacidad psíquica o enfermedad mental de al menos el 33 por ciento, o una discapacidad física o sensorial de al menos el 65 por ciento. Se entenderán incluidos en este colectivo los supuestos de incapacidad permanente total siempre que el certificado del organismo competente para el reconocimiento recoja la concurrencia de discapacidades de carácter psíquico o enfermedades mentales.
2. Con la salvedad de los previstos en el artículo 4.2 de la convocatoria, los participantes en los planes deberán figurar inscritos como desempleados en los centros SERVEF de Empleo.
3. En el momento del inicio de los planes, las mujeres deberán representar al menos el 40 por ciento del total de participantes.

Cada entidad promotora sólo podrá presentar una solicitud por provincia, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7321, de 21/07/2014.

Ver impresos del SERVEF. PLANES INTEGRALES DE EMPLEO PARA DESEMPLEADOS CON DISCAPACIDAD 2014-2015

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