Solicitud de Subvención de Medio Ambiente

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

La Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, como medida de fomento en el ámbito de sus competencias, convoca subvenciones en régimen de CONCURRENCIA COMPETITIVA, para aquellas iniciativas que tengan como finalidad fomentar el uso racional de la energía, incrementar la eficiencia energética, fomentar el uso de energías renovables, aplicar medidas que contribuyan a disminuir los efectos de la contaminación acústica en el municipio de Murcia, y otras medidas de sostenibilidad.

Tramitación

  • Presencial

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Personas físicas o Entidades Jurídicas.

Documentación relacionada

Documentación justificativa de los requisitos señalados en la convocatoria de la subvención de medio ambiente, y en todo caso los señalados en art. 11 Ordenanza Municipal de Subvenciones.

Ver en el apartado "Forma de Inicio - Requisitos de la solicitud"

Modelos para descargar

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Forma de inicio

Se iniciará de oficio con la convocatoria de la subvención y su publicación en la BDNS y en extracto en el BORM, en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes por parte de los interesados acompañando la documentación justificativa de los requisitos de la convocatoria.

Plazo de presentación

El que se establezca en la convocatoria concreta de la subvención.

Requisitos de solicitud

La solicitud debe contener la justificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria de la subvención, y al menos debe acompañar (art. 11 Ordenanza municipal de subvenciones):
1. Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención solicitada.
2. Memoria de las actividades para las que solicita subvención, con presupuesto detallado por actividades y partidas.
3. Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad.
4. Cualquier otra documentación o justificación que a efectos de comprobación o concreción de datos pueda acordarse en las respectivas convocatorias de concesión de las subvenciones.
Además debe justificar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados de no tener deudas o autorización para su obtención por el Ayuntamiento)

Coste y forma de pago

Una vez aprobada la concesión de la subvención y su justificación se ingresará al adjudicatario por transferencia bancaria el importe aprobado.

Plazo de resolución

Seis meses desde la publicación de la Convocatoria de la subvención (Art. 16 Ordenanza municipal de Subvenciones)

Efecto del silencio administrativo

Negativo (art. 25 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones)

Órganos Competentes

Servicio de Medio Ambiente.

Recursos

Tipo de alegación o recurso:

Recurso potestativo de reposición contra la desestimación de solicitud de subvención.


Órgano de interposición:

Servicio de Medio Ambiente.


Plazo de presentación

1 mes desde la recepción de la notificación.

Observaciones

Objeto del procedimiento

La concesión de subvenciones, a los particulares y entidades que cumplan los requisitos de la convocatoria, por parte de la Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, en régimen de CONCURRENCIA COMPETITIVA, para aquellas iniciativas que tengan como finalidad fomentar el uso racional de la energía, incrementar la eficiencia energética, fomentar el uso de energías renovables, aplicar medidas que contribuyan a disminuir los efectos de la contaminación acústica en el municipio de Murcia, y otras medidas de sostenibilidad.
La concesión y gestión de las subvenciones atenderá a los siguientes principios:

a.- publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

b.- eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Corporación.

c.- eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Además el otorgamiento de las subvenciones tendrá carácter voluntario y eventual, no será invocable como precedente y no será exigible aumento o revisión de la subvención.

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