Concesión directa de subvenciones

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

Podrán concederse de forma directa y sin necesidad de convocatoria pública, las siguientes subvenciones:

info

  • Las previstas nominativamente en el Presupuesto Municipal
  • Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal
  • Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Tramitación

  • Presencial

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Entidades Jurídicas.

Documentación relacionada

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante de la Entidad.
  • Fotocopia del Código identificación fiscal.
  • Certificado Bancario (IBAN (24 dígitos).
  • Memoria de la actividad a desarrollar.
  • Autorización para que el ayuntamiento de Murcia pueda recabar datos de la Agencia Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias).
  • Certificado de estar al corriente de pagos en la Seguridad Social o autorización para recabar los datos.
  • Declaración de no encontrarse incursa en prohibiciones para ser considerado beneficiario.
  • Declaración formal de subvenciones recibidas de otras entidades o instituciones públicas o privadas.

Forma de inicio

Petición de la entidad.

Se puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Plazo de resolución

El plazo de resolución es de 6 meses desde la fecha de entrada en el Registro de la Administración u órgano competente para su tramitación.

Efecto del silencio administrativo

Negativo (art. 24 ley 39/2015 de 26 Noviembre)

Órganos Competentes

Unidad Tramitadora

Concejalía de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio (Servicio de Educación).

Recursos

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


Órgano de interposición:

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Plazo de presentación

Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia.
  • Bases Reguladoras de la Convocatoria.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.
  • L.39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administración Públicas.

Observaciones

Objeto del procedimiento

El procedimiento de Concesión Directa de Subvenciones, tiene por objeto otorgar ayudas a entidades para la realización de actividades dirigidas al sector educativo.

Requisitos de solicitud

Presentación de solicitud de colaboración económica, acompañada de documentación.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.